
Aena Aeropuertos

La huella acústica constituye el ámbito de actuación del Plan de Aislamiento Acústico.
El Ministerio de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino, ha incorporado en sus resoluciones huellas acústicas definidas por el día (7-19 h) 60 dB(A), la tarde (19-23 h) 60 dB(A) y/o la noche (23-7 h) 50 dB(A), previéndose que en el futuro, este ámbito sea de aplicación para todos los aeropuertos de la red de Aena Aeropuertos.
Este objetivo implica el cumplimiento de los siguientes hitos:
- Definición del ámbito de actuación (huella acústica del aeropuerto).
- Elaboración del censo y tipología de las viviendas afectadas.
- Mediciones del ruido “in situ” en el interior de las viviendas.
- Propuesta de medidas de insonorización y elaboración de proyectos de aislamiento de viviendas.
- Planificación y ejecución de las reformas necesarias en el interior de las viviendas para el adecuado aislamiento de las mismas.
- Comprobación la eficacia de la intervención midiendo la reducción de ruido y la satisfacción del cliente con la actuación realizada.
De todas estas actuaciones Aena Aeropuertos informa a la Comisión creada para el Seguimiento del los correspondientes Planes de Aislamiento Acústico.